
El máximo tribunal objetó este lunes el recurso extraordinario presentado por el gobierno nacional para que se expida sobre la cautelar dispuesta a favor de Grupo Clarín. De este modo, la Corte Suprema confirmó que es el juez Civil y Comercial federal Horacio Alfonso quien deberá resolver la constitucionalidad del artículo 161 de la Ley de Medios. Mientras tanto, sigue suspendida la plena aplicación de la norma.
Reunidos en dos oportunidades, los ministros del Judicial argentino, buscaron alcanzar un acuerdo respecto del per saltum presentado por el Ejecutivo; incluso adelantaron un día su habitual cita de los martes. Tras mucho debatir, finalmente decidieron ratificar la competencia de Alfonso para determinar la denominada “cuestión de fondo” de la constitucionalidad o no del artículo en cuestión; de tal suerte que habrá que esperar a que éste se pronuncie para que los licencias de más que posee el multimedios puedan venderse.
Pese a que a fines de noviembre la CSJN había comandado a Alfonso a dictar una “sentencia definitiva de inmediato” y no extender la cautelar más allá del 7D, el 6 de diciembre la Sala de la Cámara Civil y Comercial extendió el amparo que beneficia al grupo mediático.
Fuente: Télam
