Foto: Télam.

Tras el fallo absolutorio de la Justicia tucumana en favor de 13 imputados por secuestro y explotación sexual, y que suscitó un repudio de resonancia internacional, el Poder Ejecutivo resolvió este jueves convocar al Congreso a sesiones extraordinarias para que se encare el debate sobre la modificación a la Ley de Trata.

Cualquiera podría suponer que a estas alturas, los miembros del tribunal tucumano cuya decisión reafirmó la impunidad de uno de los más escandalosos casos de trata de personas, estarían, cuando menos, inquietos ante la eventualidad de un juicio político.

Muy por el contrario, este jueves, el juez Alberto Piedrabuena, quien preside ese tribunal, justificó su fallo sin ruborizarse y dijo que en la causa sólo hubo “sospechas” y que éstas “no son suficientes para condenar”.

Además, aseguró que el caso Marita Verón «no es de trata» y predijo que «seguramente quedará impune». «Al no ser encontrada alguna persona que incriminar por el secuestro a María de los Ángeles, seguramente quedará impune», fundamentó el magistrado.

Y señaló que lo único a resolver es «una causa por averiguación de paradero». «Ojalá tenga éxito el fiscal que está en esa investigación. No queda otra», expresó.

La resonancia del caso y, ahora, la del fallo que lo devolvió a la deriva, insuflaron al proyecto de modificación de la Ley de Trata –dormido durante un bienio en los cajones de la Cámara baja hasta perder estado parlamentario– un irrefrenable vigor. Prueba de ello es que este mismo jueves se publicó en el Boletín Oficial la convocatoria a sesiones extraordinarias para resolver el tema de una buena vez.

Según esa publicación, el proyecto para «modificar la Ley Nº 26.364 sobre prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas» deberá tratarse en ambos recintos entre el 18 y el 31 de diciembre próximos.

El Senado ya había aprobado, en agosto de 2011, esta modificación, que ampliaba las condenas para los responsables de explotación sexual simple a entre 2 y 4 años de prisión, mientras que la agravada contemplaba penas de 5 a 15 años cuando las víctimas hubiesen quedado embarazadas o fueran menores de edad, pero la discusión en Diputados nunca llegó a buen término y el proyecto finalmente quedó en el limbo.

Lo que se planteará a fines de este mes en el Congreso es la reforma con base en cinco proyectos presentados, a partir de los siguientes puntos:

» Consentimiento dado por la víctima. No constituirá causal de eximición de la responsabilidad penal.

»Mecanismos de prevención. Acordaron en que estipular mecanismos de prevención resulta fundamental en la lucha contra este delito.

»Definición de trata. Se consensuó definir a la trata como “el ofrecimiento, la captación, el transporte, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, tanto si son realizadas dentro del país, en una o varias jurisdicciones; o desde o hacia otros países.”

»Derogación del artículo 3º de la ley vigente. Se dispuso que el consentimiento por parte de la víctima, independientemente de que esta sea mayor o menor de 18 años, no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores del crimen.

»La garantía de los derechos a los que deben acceder las víctimas. Entre ellos, se contaba la información en el idioma de la víctima sobre sus derechos, la recepción de manutención y alojamiento, de capacitación laboral, obtener asesoramiento legal y protección eficaz, entre otros.

»La creación del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata. Funcionaría en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y en el trabajarían representantes de distintas carteras del Poder Ejecutivo, de las provincias y de ONG’ s. Su objetivo sería la protección de las víctimas de la trata de personas.

»La creación del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas. Para prevenir y enfrentar las redes de tráfico de personas.

»La modificación a varios artículos del Código Penal. Se estableció un marco de sanciones para quien incurriese en el crimen de tráfico de personas. Las penas irían de cuatro a diez años.

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