El máximo tribunal de Justicia dio a conocer el fallo completo por el que dictamina la total constitucionalidad de la Ley de Medios y, con ello, su plena vigencia. El dictamen ordena la inmediata aplicación de los artículos que estaban frenados por una cautelar del Grupo Clarín, dando por vencido el plazo de desinversión del multimedios.
De esta manera, el holding deberá desprenderse de las licencias que exceden el tope previsto en la ley sancionada en 2009. De acuerdo a la norma “la multiplicidad de licencias –a nivel nacional y para todos los servicios– en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del treinta y cinco por ciento del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios”. Para el Grupo Clarín, implica, en otras palabras, el desprendimiento de más de 200 licencias.
El principal argumento para respaldar la norma en su totalidad fue que la ley de medios «es constitucional, porque es una facultad del Congreso, cuya conveniencia y oportunidad no es materia de análisis de los jueces».
Los magistrados hicieron además una férrea defensa de la «libertad de expresión» al resaltar que «se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes».
Además consideraron que la ley es coherente «con la libertad de expresión y el derecho de los consumidores a la información».
«Es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado», manifestaron.
En la sentencia, los jueces sostuvieron que “la ley es coherente con los derechos del consumidor” y también lo es en relación con la defensa de la competencia ya que “si hay concentración sólo algunas ideas llegaran al pueblo”. “Es legítimo que se fijen límites a la cantidad de medios” por lo que es constitucional el artículo 45. En cuanto a la aplicación el plazo de adecuación para la desinversión, el famoso artículo 161, “ya está vencido”.
De esta manera, la Afsca puede exigirle que el Grupo Clarín se adecue, pero dicen que hay un “derecho adquirido” por parte de ese multimedios. Quedan así tres opciones: que presente un plan de adecuación y sea aceptado o no por el Afsca. En caso de que no se presentara un plan, podría iniciarse un juicio en este sentido.
Y la tercera de las opciones es que se proceda a una apropiación de lo excedente. En ese caso, el grupo deberá recibir una indemnización. La actora es titular de licencias que están protegidas porque integran el concepto de propiedad constitucional, explica la sentencia.

