El productor agropecuario Daniel Stechina fue procesado por incitación a la violencia colectiva, tal como había sido solicitado por el fiscal Walter Rodríguez, quien en su presentación había denunciado retardo de justicia por parte del juzgado interviniente.
El 9 de abril de 2013, durante una reunión de adherentes a la Mesa de Enlace en la sede de la Sociedad Rural en Santa Fe, Stechina clamó a los gritos por la destitución de las autoridades del Gobierno nacional, quienes, según sus palabras, deberían irse del país “a las patadas”.
El fiscal manifestó que Stechina propuso “de manera dura concisa y concreta -‘sin tibiezas’- la deposición de las autoridades públicas nacionales, las que según sus expresiones deberían irse del país ‘a las patadas’, para lo cual destacó la existencia de ‘métodos psicológicos y de acción directa que se pueden implementar para destituir y hacer desaparecer a toda esta gente’, refiriéndose a funcionarios del Gobierno nacional”.
Rodríguez consideró que los dichos de Stechina, realizados en una reunión abierta, con repercusión en los medios de comunicación y con la participación de numerosos dirigentes del sector agropecuario, se enmarca en el artículo 212 del código penal, que prevé una pena de 3 a 6 años de prisión a quien “públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos o instituciones, por la sola incitación”.
El fiscal consideró que la defensa del productor no pudo revertir las pruebas reunidas, por lo que se encuentran dados los elementos dados para que proceda su procesamiento, tal como se resolvió este martes.
En cuanto a si el pedido del procesamiento puede entenderse como una afectación a la libertad de expresión, el representante del ministerio público manifestó que la negativa a esa pregunta se encuentra dada por la existencia, en el Código Penal, de ese delito. Y que las expresiones que aquí se cuestionan “constituyen palabras direccionadas a resquebrajar el orden público”.
Fuente: fiscales.gob.ar
