Foto: Manuel Costa.
Foto: Manuel Costa.

Un Juez de Familia de Rosario obligó a una pareja de padres divorciados a leerles una vez por semana a sus hijos de 6 y 13 años, obras literarias y la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

El Juez de Familia de 5ta. Nominación, Ricardo Dutto, dictó este lunes una inédita resolución que indica que los padres de dos hijos varones, uno de 6 años que vive con su mamá y el otro 13 que vive con su papá, deben reunirse en la sala de lecturas de la sede de tribunales una vez por semana, para leer obras literarias y la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (ONU).

De acuerdo a la información aportada por a agencia de noticias Télam, la sentencia ordena que «bajo la supervisión de una asistente social, los progenitores deberán leer la Convención Internacional de los Derechos del Niño, desde el artículo 1 al 31 y las obras literarias: Ética para Amador, de Fernando Savater y El Principito, de Antonie Saint Exupery». Además, la resolución establece «que ambos progenitores deban continuar con asistencia terapéutica».

El dictamen consideró la relación «conflictiva» entre ambos padres, que casi no mantenían diálogo pese a tener en custodia cada uno a un hijo de la relación.

En los fundamentos, el juez Dutto consideró «que es evidente el obstáculo materno al no asistir junto con su hijo menor a los encuentros programados y así impide al padre tomar contacto con su hijo y obstruye el contacto entre los hermanos, priorizando su conducta conflictiva frente al mejor interés de los niños».

Para el magistrado «la idoneidad del progenitor debe reflejarse en cumplir con las funciones de cuidado y educación sin entorpecer gravemente los derechos de quien no convive con su hijo, ya que si el cuidado es unipersonal, el otro tiene el derecho y el deber de fluida comunicación con el hijo».

El fallo agrega «que con la finalidad de reforzar el mejor interés de estos niños contemplado en la Convención sobre los Derechos del Niño, es razonable exigir la concurrencia materna junto con el niño cuyo cuidado detenta» a los encuentros de lectura en los tribunales de la ciudad.

El dictamen deja en claro que es un obligación concurrir «bajo apercibimiento de ser conducida por la fuerza pública».

Para la especialista en derechos de familia, Alcira Yanieri, el fallo «es tan inédito como innovador». La letrada destacó la decisión del juez «porque se trata de dar un paso más por el bienestar de los niños, ante factores de alta complejidad en las conductas de los padres».

«El diálogo entre estos progenitores, era imposible, tenían posturas de contienda permanente y con este fallo el juez pretende de ambos conductas más abiertas para el bienestar de los niños», opinó Yanieri.

Al analizar la sentencia, sostuvo «que el juez hizo que primara la Convención de los Derechos del Niño y eso tiene que extenderse como un verdadero Instituto para los padres».

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