Las puertas del Colegio de Abogados se abren a los juicios contra represores.
Las puertas del Colegio de Abogados se abren a los juicios contra los represores de la dictadura.

El Colegio de Abogados de Rosario se constituirá como querellante en las causas de lesa humanidad donde la víctima sea un abogado. La decisión fue tomada por la entidad el pasado 29 de abril pero se conoció este miércoles.

Según publicó este miércoles en su página web, “en una decisión unánime de su directorio el Colegio de Abogados de Rosario –actualmente presidido por Araceli Díaz, podrá constituirse como querellante en las causas de lesa humanidad donde la victima sea un abogado”.

Desde la entidad, informaron que de esta manera el Colegio de Abogados de Rosario se convierte en el primer Colegio profesional que intervendrá en juicios de lesa humanidad en el país.

En la publicación se remarca que la definición adoptada “se complementa con las activas políticas de derechos humanos que desarrolla la Institución y su comisión específica”, y se añade que “esta postura se ha ratificado de forma permanente y en especial en la causa Amelong, donde el condenado por lesa humanidad ha sido expulsado de la matricula; en la celebración del día de la Memoria por la Verdad y la Justicia y en el día del abogado víctima del terrorismo de Estado”.

El texto del Colegio de Abogados, que repasa los tratados internacionales suscriptos por el Estado argentino, explica además que el fundamento por el cual tomó esta resolución “se encuentra dentro mismo Estatuto” de la entidad donde en uno de sus fines esenciales se postula “amparar los derechos e inmunidades de los abogados, velando para que estos gocen de la libertad necesaria para el ejercicio de la profesión; defender la jerarquía de la misma y enaltecer el concepto público de la abogacía”.

“El soporte jurídico se obtiene en el art 82 bis del Código Procesal Penal de la Nación, artículo incorporado por art. 1° de la Ley N° 26.550 y en título de Intereses colectivos”, plantea el Colegio de Abogados en su resolución, y subraya que allí se describe que “las asociaciones podrán constituirse en parte querellante en procesos en los que se investiguen crímenes de lesa, humanidad o graves violaciones a los derechos humanos siempre que su objeto estatutario se vincule directamente con la defensa de los derechos que se consideren lesionados”.

“Asimismo el Nuevo Código Civil y Comercial –añade– que entrará en vigencia el próximo 1 de agosto, incorpora en su título preliminar Artículo 1: Fuentes y aplicación; que los casos deben ser resueltos según las leyes que resulten aplicables, conforme con la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos en los que la República sea parte. Dejando así expresamente establecido el compromiso con los derechos humanos”.

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