
La Corte Suprema remitió a la procuradora general, Alejandra Gils Carbó, la causa que frenó el aumento de tarifas de gas en todo el país y le pidió, antes de emitir su fallo, que emita un dictamen, que no será vinculante.
La maniobra es un claro intento de compartir responsabilidades ante el incontenible reclamo popular al gobierno de Mauricio Macri. Si bien el dictamen no es vinculante, el razonamiento de los ministros del máximo tribunal es que éste es uno de los pasos previos que hay que das antes de dar a conocer su posición sobre el tema. El aumento en las tarifas de gas fue dispuesto por el Ministerio de Energía y su aplicación fue suspendida por la Cámara Federal de La Plata.
El envío del expediente a la jefa de los fiscales fue resuelto en la habitual reunión de acuerdo que se realiza los días martes y de algún modo oficializa que la Corte Suprema ya tomó en sus manos la causa enviada por el tribunal de segunda instancia platense.
Gils Carbó no tiene plazo para emitir su dictamen pero se estima que no será muy largo el plazo dada la gravedad institucional del tema, ya que el fallo en vigencia retrotrajo las tarifas a los valores previos a las resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería.
Mediante esas resoluciones, el gobierno dispuso a partir de marzo la suba de hasta un 2.000 por ciento según el tipo de consumidor y la región en la que reside, según denuncias de los usuarios.
Tras el fallo de la Sala II de la Cámara platense, el 7 de julio pasado, ese mismo tribunal habilitó la apelación del gobierno pero mantuvo el efecto suspensivo de su medida hasta el fallo de la Corte.
Este lunes, el ministro de Energía, Juan José Aranguren, anticipó que el Poder Ejecutivo realizará una “audiencia informativa” para dar a conocer el valor de “la generación de la electricidad y del precio del gas en boca de pozo” y consideró “muy grave” que la Corte no avale los aumentos.
Sin embargo, en ámbitos judiciales es casi unánime la opinión de que la audiencia propuesta por Aranguren es del todo ilegal, y es una simple maniobra para dar cierta legitimidad a los tarifazos.
Todos los amparos concedidos por decenas de jueces y tribunales en contra de los tarifazos, tanto en el gas como en la electricidad, se basan en la ilegalidad de haberlos dispuesto sin una audiencia pública previa prevista en los contratos de concesión.
El primer amparo contra el aumento del gas fue gestionado por el gobierno de Chubut, pero luego se sucedieron medidas suspensivas en todo el país.
Dos días antes de comenzar la feria judicial de invierno, el 18 de julio, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, pidieron al Poder Ejecutivo que diera precisiones sobre los criterios y la progresividad de los aumentos aplicados.
Lo hizo ante un pedido de intervención del gobierno hecho a través de la Procuración General del Tesoro, para que la Corte tome el tema en sus manos.
El fallo suspensivo surgió tras las apelaciones presentadas por las asociaciones civiles Cepis y Consumidores Argentinos, y de la resolución del Juzgado Federal de primera instancia 4 de esta capital, que ordenó convocar a una audiencia pública para debatir con usuarios los aumentos.
La Cámara platense estableció que «la Audiencia Pública es un mecanismo de participación ciudadana, que refuerza los principios de acceso a la información y a la transparencia de las actuaciones estatales», al declarar la «nulidad» de las resoluciones del Ministerio de Energía.
Al habilitar la feria a pedido del gobierno, ese tribunal pidió a las demás jurisdicciones federales que le remitan los 46 expedientes que se abrieron en todo el país contra la suba del precio del gas y que desde el 4 de agosto pasaron a la Corte.
