El número dos del partido gobernante, Diosdado Cabello propuso, “a título personal”, aplazar la asunción del presidente bolivariano –quien se encuentra estable y conciente– en caso de que éste no pudiera iniciar su próximo mandato el 10 de enero. El vicepresidente en funciones y designado sucesor, Nicolás Maduro, evitó confirmar la sugerencia Cabello. Desde la oposición, la Mesa de Unidad Democrática (MUD) se puso en alerta.
Según el secretario ejecutivo adjunto del MUD, el abogado Ramón José Medina, la Constitución reformada ya bajo el chavismo en 1999 no contiene un régimen especial de cobertura para la falta temporal de un candidato electo que no pudiera tomar posesión del cargo, como sí lo contemplaba la carta magna de 1961.
En tanto para Cabello, presidente del Parlamento: “No se puede atar a la rigidez de un único día la voluntad popular”.
Opinión similar manifestó el constitucionalista venezolano Enrique Sánchez Falcón: “El 10 de enero ciertamente es una fecha fatal, pero como todo en la vida puede alterarse por circunstancias sobrevenidas, esa fecha podría modificarse, pero siempre que hayan razones de peso y que las mismas se expliquen”. No obstante, aclaró: “Desde hace más de un año que se conoce de la enfermedad del presidente Chávez y aquí no se puede hablar de un imprevisto, sino de una incapacidad manifiesta para ejercer su cargo”.
Otro especialista, Gustavo Linares Benzo, consideró constitucionalmente imposible que se pueda postegar la jura del primer mandatario y advirtió que si Chávez no puede hacerlo en la fecha dispuesta, deberá declararse su falta absoluta, asumir el presidente del Congreso (Cabello) y llamar a elecciones, opción que Medina también defiende
Sin embargo, el letrado sostuvo al mismo tiempo que cabe la posibilidad de solicitar a la Sala Constitucional que se modifique la toma de posesión, pero alertó que “no se puede dejar sin fecha este acto a la espera de que el presidente Chávez se recupere”. “Se tiene que fijar un plazo”, enfatizó.
Según Linares, “por analogía” el lapso máximo que debería esperarse para que el convaleciente mandatario jure su cargo es de 90 días, el mismo que la carta magna da para que esté temporalmente ausente del Palacio de Miraflores.
Fuente: Télam
