Cristina, contenta con la ratificación de la Ley de Medios.
Cristina, contenta con la ratificación de la Ley de Medios.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó este martes con el votó unánime de todos sus ministros la vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que había sido suspendida por la Justicia federal mendocina ante la mera presentación de un recurso de amparo. En ese sentido, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner celebró el fallo que ratificó la plena vigencia de la norma, y sostuvo que la misma “democratiza el acceso a la información”. La mandataria dijo que es un día “muy importante para la democracia”. Para acceder al texto completo del fallo del máximo tribunal de Justicia, hacer clic acá.

La Presidenta de la Nación celebró, en medio de un acto en el que entregó viviendas populares, el fallo que ratificó la vigencia de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Cristina señaló que la norma “democratiza el acceso a la información” y dijo que es un día “muy importante para la democracia”, durante un acto en el partido bonaerense de Tres de Febrero.

Al respecto, dijo estar contenta “porque se ha logrado que el sistema jurídico democrático institucional haga honor a su propio funcionamiento y permita que se aplique la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual”.

Agregó que “esto no es un triunfo del Gobierno ni de un sector”.

“Hoy es un día muy importante para la democracia argentina, porque además, como todos lo saben, esa ley es un proyecto que viene de hace mucho tiempo impulsado por la Coalición Democrática”, explicó Cristina.

Relató “que la primera vez que vinieron a verme me miraron de reojo porque no creyeron que fuera a impulsar un proyecto de semejante envergadura”.

Una decisión unánime

La decisión que dejó sin efecto la resolución provisoria dictada a pedido del diputado nacional Enrique Thomas fue "unánime" y la suscribieron los siete jueces del máximo tribunal.

La Corte concluyó que un diputado "no tiene legitimación para reeditar en sede judicial un debate que perdió en el Congreso".

Fuentes vinculadas a la causa señalaron que la decisión de la Corte constituye "un mensaje para los que gobiernan con medidas cautelares".

La Corte consideró que "una cautelar que suspende la vigencia de la totalidad de una ley con efectos generales para toda la población es incompatible con la división de poderes y la razonabilidad".

El máximo tribunal aclaró que el fallo "no se relaciona con la valoración constitucional del contenido de la ley 26.522, sino con la validez de una medida cautelar que suspende la totalidad de sus efectos, con fundamento en presuntas irregularidades en el trámite parlamentario".

Thomas había solicitado la medida como "ciudadano" y como legislador, pero la Corte sostuvo que carecía de legitimidad en ambos casos.

La Corte Suprema señaló que una ley invocando la calidad de ciudadano "debe demostrarse un perjuicio diferenciado", y destacaron que Thomas no probó tener un interés concreto "ya que el Poder Judicial no hace el control de la legalidad de las leyes de manera abstracta".

Con relación a la condición de Thomas para pedir la medida provisoria como "diputado", la Corte evaluó que "es en el Congreso donde se debe dar el debate", ya que "están en discusión los derechos, inmunidades y prerrogativas que el asisten en su condición de legislador".

Si se hiciera lugar a lo que pide Thomas "quien no actúa en representación de la Cámara (de Diputados), se arribaría al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que solo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla".

(Fuente: Télam)

Comentarios
Más notas relacionadas
Más por Admin
Más en País
Comentarios cerrados

Sugerencia

El Gobierno defendió la presencia de Aldo Rico en el desfile en Tucumán

“Lo de los Carapintadas es cosa vieja, no creo que haya puesto en jaque a la democracia”, …