El tratamiento de alta complejidad no será cubierto por Iapos.
El tratamiento de alta complejidad no será cubierto por Iapos.

En una polémica resolución, la Justicia eximió al Instituto Autárquico Provincial de Obra Social (Iapos) para que cubra un tratamiento de fertilización asistida ya que no es considerada una patología.

“La infertilidad no está en la legislación nacional como una una enfermedad que las obras sociales deban cubrir”. Eso es lo que sostiene el dictamen de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que viene a confirmar el rechazo a un recurso de amparo presentado contra el Iapos para que cubra un tratamiento de fertilización asistida.

En la resolución se destaca que la práctica reclamada no se encuentra incluida en el Programa Médico Obligatorio y así lo ratificaron los camaristas Gerardo Muñoz, Oscar Puccinelli y María de los Milagros Lotti que se en su fallo afirman que “tratándose de prestaciones de alto costo es necesaria una concreta previsión normativa para la distribución equitativa y solidaria de los recursos”.

Según informó el portal Tiempo de Justicia, admiten también que “el Programa Médico Obligatorio es un estándar mínimo sujeto a las debidas actualizaciones para incorporar los avances científicos en el campo de la medicina”.

En la resolución de la Cámara se mencionan fallos de otros tribunales del país según los cuales “la denegatoria de la cobertura de la fertilización in vitro encuentra fundamento por ser una materia controvertida y no es posible arrimarla a la condición de prestación obligatoria en el marco de la acción de amparo”.

Fuente: Tiempo de Justicia- La Capital

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