Foto: Manuel Costa
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El Consulado de Bolivia en Rosario y el Ministerio de Trabajo de la provincia de Santa Fe firmarán este viernes un convenio interinstitucional de cooperación destinado a proteger los derechos laborales de bolivianos.

El convenio incluye trabajo registrado y formal, condiciones sanas y seguras para preservar la vida y la salud, erradicar el trabajo infantil, trabajo adolescente protegido y universalidad de cobertura de seguridad social.

Dicho acuerdo se encuentra enmarcado en normas aprobadas por los países integrantes de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y el Programa de Fortalecimiento para la Inclusión Laboral y la Promoción de Condiciones de Igualdad y Trato en el Mundo del Trabajo del Gobierno Provincial.

El convenio será firmado por el Ministro de Trabajo de la Provincia de Santa Fe, Julio Genesini y el Cónsul de Bolivia en Rosario, Sixto Valdez. El acto se realizará este viernes en el Salón María del Rosario de la comuna de Monte Vera, provincia de Santa Fe, ubicado en Bulevar General López 6055.

Luego de la ceremonia se llevará adelante el panel “Trabajo decente, producción y trabajo migrante en horticultura: legislación laboral, salud y seguridad en el sector”.

De acuerdo a los datos del Ministerio de Trabajo, en la provincia de Santa Fe hay centenares de migrantes que habitan, trabajan y producen en condiciones preocupantes porque el 90 por ciento es empleado del sector privado. Muchos de ellos no cuentan con aportes jubilatorios, carecen de protección y cobertura social.

El gobierno de Santa Fe decidió impulsar acuerdos de cooperación con representaciones consulares a objeto de garantizar condiciones de trabajo decente para todos ellos, sin distinción de nacionalidad, en cumplimiento de normas de la OIT.

El convenio consiste en:

  • Promover el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Agenda de Trabajo Decente (Decreto 510/2008) de la provincia de Santa Fe con comunidades de trabajadores migrantes, en este caso la colectividad boliviana.
  • Cumplir los objetivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el Memorándum de Entendimiento y el gobierno de la Provincia de Santa Fe,  firmado en noviembre del año 2013.
  • Fortalecer y consolidar los espacios consulares como espacios de difusión en las comunidades de residentes, realizar actividades conjuntas de información, asesoramiento durante los consulados móviles, medios de comunicación y eventos que permiten la concentración de los inmigrantes como fiestas cívicas y religiosas, actos culturales y deportivos.
  • Ejecutar a favor de la colectividad boliviana, el programa de formación y capacitación para el trabajo; asesoramiento específico de difusión en información de derecho laboral; programa de información y formación para la promoción de la Salud y Seguridad en el trabajo.
  • Implementar el Programa de Datos del Observatorio Laboral de la provincia de Santa Fe.
  • Asesorar a los residentes trabajadores boliviano en materia de Seguridad Social.
  • Permitir el acceso al Nexo Empleo como Servicio Provincial de Intermediación Laboral.
  • Orientar e informar en materia de Inspecciones laborales y de Salud y Seguridad en el trabajo.
  • Asesorar y articular acciones para la prevención y erradicación del Trabajo Infantil mediante la instalación de centros de cuidado infantil.

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe y el Consulado del Estado Plurinacional de Bolivia en Rosario, que firman el Convenio, se referencian en los objetivos recomendado por la OIT, en los convenios 97 (1949) y 143 (1975).

El Convenio 97 estipula que los Estados que lo ratifiquen deberán facilitar las migraciones internacionales con fines de empleo, estableciendo y manteniendo un servicio gratuito de asistencia y de información para los trabajadores migrantes, y adoptando medidas contra la propaganda engañosa sobre la emigración y la inmigración. Incluye disposiciones sobre los servicios médicos apropiados para los trabajadores migrantes y la transferencia de ingresos y ahorros. Los Estados deben aplicar un trato no menos favorable que el que se aplica a sus nacionales con respecto a un número de cuestiones que incluyen las condiciones de empleo, la libertad sindical y la seguridad social.

En tanto, el Convenio 143 dispone medidas para combatir las migraciones clandestinas e ilegales, y, al mismo tiempo, establece la obligación general de respetar los derechos humanos básicos de todos los trabajadores migrantes. También extiende el campo de la igualdad entre los trabajadores migrantes y los trabajadores nacionales más allá de las disposiciones del Convenio de 1949, para garantizar la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, la seguridad social, los derechos sindicales y culturales, y las libertades individuales y colectivas a las personas que, como trabajadores migrantes o miembros de sus familias, residen legalmente en el territorio de un Estado que lo hubiese ratificado.

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