La empresa deberá reintegrar a los usuarios el dinero que percibió del último aumento cobrado. Así, lo ordenó la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario ante un pedido de la Unión de Usuarios y Consumidores.
La Sala A de la Cámara de Apelaciones confirmó con este fallo la inconstitucionalidad del decreto 2067/2008 del gobierno nacional, el cual establecía la creación de un “fondo fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural que sean requeridas para satisfacer las necesidades nacionales de dicho hidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno y la continuidad del crecimiento del país y sus industrias”.
El fondo se denominó “cargo de gas importado” y posibilitó el aumento de las tarifas, lo que produjo la queja de usuarios en todo el país.
En consecuencia, la Unión de Usuarios y Consumidores presentó en 2009, un recurso de amparo para evitar el aumento de gas.
A raíz de la decisión de la Cámara de Apelaciones de la ciudad, Litoral Gas deberá refacturar las boletas emitidas con el mencionado aumento y además, reintegrar el dinero percibido en concepto de cargo por gas importado.
