
El diario La Nación deberá indemnizar al ex diputado nacional catamarqueño, Luis Alberto Saadi, con la suma de 180 mil pesos, por haberlo difamado en un editorial publicado en julio de 2008, donde ese matutino le endilgó equivocadamente su implicancia en el caso del "diputrucho" que durante el gobierno de Menem posibilitó la privatización de Gas del Estado.
La Nación, “al publicar la noticia inexacta ha actuado con "culpa grave", y por ello habrá de responder…,cuanto mayor sea el deber de actuar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencia de los hechos”, sostuvieron los integrantes de la Sala J de la Cámara Civil, Beatriz Verón, Marta del Rosario Mattera y Zulema Wilde.
El 26 de julio de 2008, poco después de que el ex vicepresidente Julio Cobos, manifestara públicamente su posición a la resolución 125 del poder ejecutivo.
La Nación publicó un editorial, titulado “Vergonzoso canje de favores”, donde menciona supuestas ofertas a legisladores para torcer su voto en contra de las retenciones móviles.
Dentro del artículo una de las acusaciones más injuriosas fue hacia uno de los representantes por Catamarca, Ramón Saadi.
El segundo diario más vendido de Argentina publicó: “Cuesta concebir que el gobierno de Cristina Kirchner, quien atravesó la vida parlamentaria embanderada en reclamos por una mejor calidad institucional, terminaría dependiendo de la voluntad de quien, en la década de 1990, debió abandonar el gobierno de su provincia por las sospechas de encubrimiento del horroroso crimen de la joven María Soledad Morales (…) El aporte de los Saadi a la vida de Catamarca y del Congreso ha sido muy controvertido. Luis, hermano del actual senador, ganó notoriedad el día en que hizo pasar por diputado a uno de sus empleados en la Cámara Baja para que se aprobara allí la privatización del Estado. El hecho pasó a la historia como “el caso del diputrucho. La existencia misma de la dinastía es un agravio a las virtudes republicanas de la provincia y de la nación”.
Sin embargo, Ramón Saadi no tuvo nada que ver con el “diputrucho”. El 26 de marzo de 1992, un anciano de 72 años, Juan Abraham Kenan, se sentó a una banca de la Cámara Baja y votó a favor de la privatización del gas. No era empleado de Saadi sino de Julio Manuel Samid, hermano de Alberto Samid.
La homofonía entre los apellidos Saadi y Samid confundió al periodista de La Nación. Así lo reconoció el diario cuatro meses después de haber sido publicado el artículo y reconoció que “por un error involuntario” se acusó a Saadi cuando en rigor, el responsable de aquel episodio fue el entonces diputado nacional Manuel Samid, fallecido en 1997.
El reciente fallo advierte que el editorial de La Nación aludió a “una temática de honda relevancia institucional” y subrayó que “el honor típicamente se ataca o mancilla con imputaciones falsas, tergiversadas, maliciosas, peyorativas, que afecten negativamente la reputación”.
Y en aquella edición hubo “ausencia de controles previos y responsabilidad ulterior del medio que publica informaciones falsas, inexactas o agraviantes”. Los camaristas reivindicaron que “la estructura organizativa orientada al ejercicio de la actividad periodística debe mantenerse en los confines de un riguroso profesionalismo”.
En el caso, existió una “publicación inexacta y claramente injuriosa”, ante la cual “se impone rechazar de plano el argumento defensivo ensayado que pretende excusar su responsabilidad alegando que se trató simplemente de un error accidental e involuntario, impropio de un diario como La Nación”.
“La propia demandada reconoce tácitamente que promedió negligencia o imprudencia al no haberse chequeado debidamente los archivos al momento de la publicación en cuestión”, resalta la resolución, ya notificada a las partes.
Sobre el resarcimiento económico, el fallo explica que “no se trata de imponer una “sanción ejemplar” sino del esfuerzo de hacer justicia y permitir al damnificado algún goce que equilibre el dolor sufrido”.
Además del dinero, La Nación deberá publicar la aclaración de su error tanto en la edición impresa como virtual, en las que deberá hacerse expresa mención de la existencia de las presentes actuaciones.
Fuente: Tiempo Argentino
